15/04/24 – JEFATURAS DE AREA

10/04/24 INFORMA Reunión Comité Empresa

240406 Mesa Técnica RPT

DÍA DE LA MUJER 2024

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DÍA DE LA MUJER 2024


El 8 de marzo se celebra el Día Internacional de la Mujer, con el fin de celebrar las metas conseguidas con respecto a la igualdad de las mujeres y seguir manteniendo viva la lucha por lograr la plena equiparación en todas las áreas.

Desde luego queda aún mucho por conseguir y no cabe duda de que falta mucho apoyo social, institucional y económico para alcanzar el objetivo.

ONU Mujeres este año basa su campaña de celebración de este día a nivel mundial, en el objetivo de garantizar la financiación para llevar a cabo todos los proyectos e iniciativas que promuevan y luchen por la consecución de la plena igualdad de género y han elegido este lema:

“invertir en mujeres: acelerar el proceso”

En SEPCA practicamos cada día del año la igualdad y la no discriminación en todos los ámbitos y por supuesto, el 8 de marzo nos sumamos a la celebración colectiva de este significativo día.

 

CONDENADO EL AYUNTAMIENTO DE SANTA LUCIA DE TIRAJANA POR CENSURAR LA INTRANET MUNICIPAL

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CONDENADO

EL AYUNTAMIENTO

DE SANTA LUCÍA DE TIRAJANA

POR CENSURAR LA

INTRANET MUNICIPAL


Los sindicatos en el Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana utilizan una Intranet Municipal desde hace años como herramienta de comunicación para poder informar al personal municipal.

Sin embargo, 8 días después de la celebración de las elecciones municipales, el 06 de junio de 2023, el Sr. Alcalde – Presidente DECIDIÓ CENSURAR LA INTRANET MUNICIPAL de forma unilateral y sin comunicación previa a los sindicatos, deshabilitando toda la información contenida y no permitiendo informar los sindicatos por este medio.

SEPCA, tras varios escritos sin contestar por el Sr. Alcalde – Presidente, tuvo que presentar una demanda judicial, resultando que el Juzgado de Lo Social Número Cuatro de Las Palmas de Gran Canaria ha dictado Sentencia declarando que la decisión VULNERÓ EL DERECHO FUNDAMENTAL A LA LIBERTAD SINDICAL de SEPCA, declarando la NULIDAD RADICAL DE LA DECISIÓN, CONDENANDO AL CESE INMEDIATO DE DICHO COMPORTAMIENTO, y al abono de una INDEMNIZACIÓN DE 3.750 EUROS en concepto de INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS.

 | SIEMPRE DEFENDIENDO LOS DERECHOS DEL PERSONAL MUNICIPAL |


Se acompaña:

  • INFORMA – 230728 Condenado el Ayuntamiento por vulnerar la libertad sindical: AQUÍ