Propuesta sindical conjunta para el personal no fijo

– SEPCA SANTALUCIA –


18 12 18 laptop 3196481 640 Las organizaciones sindicales SEPCA, IC y CSIF, las cuales ostentan una representación mayoritaria absoluta dentro del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias y como fruto de un continuo esfuerzo por consensuar un marco común en aquellas materias que afectan de manera general al personal de las Administraciones Públicas Canarias, hemos llegado al acuerdo de elevar al Parlamento de Canarias una propuesta de enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019.

Basándonos en la legitimidad otorgada a las distintas administraciones públicas para promover y regular los procesos de estabilización y consolidación del empleo público temporal, hemos incluido en esta propuesta de enmienda que estos procesos, en el ámbito de las Administraciones Públicas Canarias, se desarrollen por el proceso electivo de concurso de méritos.

Se ha tenido muy en cuenta la posibilidad establecida por el Estatuto Básico del Empleado Público en relación con el sistema de acceso del personal funcionario, que permite el sistema de concurso consistente únicamente en la valoración de méritos, aunque condicionada a que se aplique este sistema, de manera excepcional, en virtud de una Ley. Por ello solicitamos también incorporar una disposición a la Ley de la Función Pública Canaria que se haga eco de esta excepcionalidad y ampare todos estos procesos de consolidación y estabilización de empleo de todo el personal no fijo.

Esperamos que esta propuesta sea discutida en el debate parlamentario previsto para este próximo miércoles 19 de diciembre y sea apoyada por los distintos grupos, haciendo gala del interés que se les presupone hacia el personal que viene prestando sus servicios en todas las administraciones públicas de la Comunidad.

Puedes leer el texto completo del acuerdo de propuesta a través del siguiente enlace: AQUÍ.

– SEPCA SANTA LUCÍA –

19 de diciembre de 2018.

 

 

CONVOCATORIA Cuerpo de Agentes de la Hacienda Pública


CONVOCATORIA


Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública (acceso libre y promoción interna)

Plazo 20 días hábiles. Finalización presentación de solicitudes: 18/01/2019

 

II. Autoridades y personal. –

B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE HACIENDA

Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado
  • Resolución de 7 de diciembre de 2018, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública.

    PDF (BOE-A-2018-17327 – 23 págs. – 492 KB)

 


SEPCA INFORMA – Servicio Jurídico gratuito para afiliados/as

 

– SEPCA SANTALUCIA –

 

– SEPCA SANTA LUCÍA –

11 de diciembre de 2018.

Cartel Servicio Juridico Sepca

CSIF – COBAS – SEPCA INFORMAN: El Grupo de Gobierno, CCOO… y sus promesas, compromisos… y parches

EL GRUPO DE GOBIERNO, CCOO

 Y SUS PROMESAS, COMPROMISOS Y PARCHES

Las Secciones Sindicales CSIF, SEPCA y CO.BAS, que representan el

27 %  de todo el personal de este AYUNTAMIENTO

 INFORMAN

El pasado día 04 de diciembre de 2018, acudimos a la reunión con la Alcaldesa, parte del Grupo de Gobierno y el resto de Secciones Sindicales. La Sra. Alcaldesa informó sobre la tramitación de diversos Pliegos de Contratación para adquirir suministros, herramientas, maquinaria, vehículos, etc. No hubo debate sobre mejora de derechos laborales.

 

El artículo 69 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece lo siguiente:

Planificación de recursos humanos

Artículo 69. Objetivos e instrumentos de la planificación.

  1. La planificación de los recursos humanos en las Administraciones Públicas tendrá como objetivo contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios y de la eficiencia en la utilización de los recursos económicos disponibles mediante la dimensión adecuada de sus efectivos, su mejor distribución, formación, promoción profesional y movilidad.
  2. Las Administraciones Públicas podrán aprobar Planes para la ordenación de sus recursos humanos, que incluyan, entre otras, algunas de las siguientes medidas:
  3. a) Análisis de las disponibilidades y necesidades de personal, tanto desde el punto de vista del número de efectivos, como del de los perfiles profesionales o niveles de cualificación de los mismos.
  4. b) Previsiones sobre los sistemas de organización del trabajo y modificaciones de estructuras de puestos de trabajo.
  5. c) Medidas de movilidad, entre las cuales podrá figurar la suspensión de incorporaciones de personal externo a un determinado ámbito o la convocatoria de concursos de provisión de puestos limitados a personal de ámbitos que se determinen.

 

Preguntamos en esa reunión por la empresa externa que supuestamente se iba a contratar desde el año 2016 para colaborar en la elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Humanos de este Ayuntamiento.

Nuestra opinión es que existe desorganización del trabajo, falta de promoción interna, personal realizando funciones de superior categoría sin reconocer su trabajo, desmotivación generalizada, etc.

NO HAN ELABORADO EN TODOS ESTOS AÑOS UN

PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS HUMANOS

 


ENLACE A DOCUMENTO INFORMA: AQUÍ


07 de diciembre de 2018.

SEPCA INFORMA – Ya en marcha la devolución del IRPF por maternidad y paternidad

– SEPCA –

 

Ya se encuentra disponible en la página de inicio de la web de la Agencia Tributaria, la herramienta para la solicitud de devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad retenido indebidamente, por los años 2014 a 2017.


Encontrarás el acceso a esta utilidad en los casilleros situados en la parte alta de la columna central.

Dentro de este espacio podrás obtener un número de referencia para la tramitación, indicando la casilla 450 de la Renta 2016, a través de Cl@ve o mediante certificado electrónico.

Igualmente se ha puesto a disposición de las personas usuarias los siguientes documentos:

– Nota informativa. Prestaciones públicas por maternidad/paternidad percibidas de la Seguridad Social: https://bit.ly/2E9m47O

– Instrucciones de cumplimentación del formulario: https://bit.ly/2PkLfp4

– Sentencia del Tribunal Supremo: https://bit.ly/2G1EZ6j

También si lo deseas podrás realizar la tramitación en papel. Tienes disponible un sencillo formulario que podrás presentar en cualquiera de las oficinas de registro de la Agencia Tributaria y puedes descargarlo desde el siguiente enlace: https://bit.ly/2BPXrLf

Recuerda que tanto si tramitas la solicitud a través de la web o mediante papel, no tendrás que aportar documentación alguna, pues la Agencia Tributaria puede consultar los datos directamente de la base de la Seguridad Social.

La devolución está planificada en dos fases. Quienes hayan percibido la prestación por hijos nacidos en 2014 y 2015 pueden pedir el reintegro desde este momento. Para la correspondiente a los hijos nacidos en 2016 y 2017, se abrirá el plazo para solicitar la devolución en el próximo mes de enero. Según el Ministerio de Hacienda las devoluciones comenzarán de inmediato.

Desde el siguiente enlace puedes acceder directamente al espacio web de la Agencia Tributaria donde tienes disponible todo el procedimiento: https://bit.ly/2riAV7J

Canarias, 5 de diciembre de 2018