SEPCA INFORMA CO.BAS
NO HAY
VOLUNTAD POLÍTICA
Presentamos nuestras propuestas en octubre de 2017 y lo único que se acordó fue modificar condiciones para el colectivo de la Policía Local. (véase Acta de MGN 09/01/18), a cambio de que este colectivo no pudiera negociar modificaciones del Acuerdo hasta 2020. (véase Acuerdo de MGN 12/01/18).
Presentamos nuestras propuestas en octubre de 2018 y no se acordó ninguna mejora para ningún colectivo del personal de este Ayuntamiento, ni nos permitieron debatirlas.
Sin embargo, continúan pasando los años y la mayoría de los/as trabajadores/as de este Ayuntamiento vemos como seguimos soportando tareas de superior categoría, incumplimientos al derecho a la promoción interna, a los concursos de traslado, y nada cambia para mejorar. Todo sigue igual.
El inmovilismo de este Grupo de Gobierno es evidente.
SÍ ES POSIBLE, SI HAY VOLUNTAD POLÍTICA
Pongamos un ejemplo. Ayuntamiento de Antigüa, 03 de mayo de 2017.
En este Ayuntamiento, reconocen que “desde hace tiempo que las auxiliares administrativas funcionarias de este Ayuntamiento están realizando las tareas propias de puestos reservados a plazas de Administrativo,”, “se propone adecuar la relación de puestos de trabajo mediante la creación de puestos reservados a personal de la subescala administrativa”. Se acompaña documento sobre sesión plenaria.
¿NO SE PUEDE… O NO SE QUIERE?
Documentación en santalucia.sepca.es o intranet municipal
PROPUESTA PRESENTADA EN OCTUBRE 2018
y que no nos permitieron debatir:
RECONOCIMIENTO DE LAS FUNCIONES DE SUPERIOR CATEGORÍA
Por quinta vez y cuarto año consecutivo
No nos cansaremos de reiterar por QUINTA VEZ Y CUARTO AÑO CONSECUTIVO, la injusta situación en la que se encuentran trabajadores y trabajadoras de este Ayuntamiento, teniendo en cuenta el gran esfuerzo que realizan cada día, soportando sobrecargas de trabajo y la falta de reconocimiento¸ sabiendo que no se les abona la diferencia salarial, ni se les reconoce las funciones de superior categoría y se les bloquea el derecho a la promoción interna.
SÍ ES POSIBLE SI HAY VOLUNTAD POLÍTICA
Según consta en la Sesión Ordinaria celebrada el 03 de mayo de 2017 por el Ayuntamiento de Antigua, de la cual se acompaña copia como documento núm. 01, se aprobó lo siguiente:
“(…)
HABILITACIÓN DE PUESTO DE PERSONAL ADMINISTRATIVO
Visto que la Ley 48/2015, de 29 de octubre (BOE del 30), de Presupuestos General del Estado para el año 2016, impone restricciones de incremento salarial del personal de las Administraciones Públicas, pero n deja de prever circunstancias extraordinarias que permitan unas subidas concretas, tal y como menciona al art. 19 “lo dispuesto en los apartados anteriores debe entenderse sin perjuicio de las imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo”, siendo la tasa de reposición cero, salvo en contadas excepciones.
Vista la actual plantilla del personal funcionario del Ayuntamiento (3 administrativos, 11 aux. Administrativos y 1 aux. administrativo vacante). La realidad del trabajo administrativo diario que se realiza en el Ayuntamiento para el funcionamiento de los servicios esenciales del mismo, es que desde hace tiempo que las auxiliarles administrativas funcionarias de este Ayuntamiento están realizando las tareas propias de puestos reservados a plazas de Administrativo, con la consiguiente responsabilidad y óptimos resultados en la consecución de las tareas.
Por todo lo dicho, y vista las funciones realizadas por las Funcionarias Auxiliares Administrativas de este Ayuntamiento se propone adecuar la relación de puestos de trabajo mediante la creación de puestos reservados a personal de la subescala administrativa en los términos del (art. 59.1 c) Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias).
A tales puestos de trabajo corresponderá las funciones y tareas de tramitación de procedimientos, con las responsabilidad inherentes a dichas tareas y, atendiendo a los límites que la legislación vigente establece para el incremento de la masa salarial, dichos puestos han de diseñarse de manera homogénea en cuanto a la carga de responsabilidad, conocimiento y dedicación para que puedan asumir toda la carga de trabajo correspondiente de manera equilibrada.
Una vez creados dichos puestos en la R.P.T., se procederá, de acuerdo con la legislación vigente, a la adscripción provisional, mediante el oportuno concurso, de las Auxiliares Administrativas a los citados puestos, con las consiguientes ventajas contributivas en materia de retribuciones complementarias.
Por todo lo expuesto propone acordar:
- Adecuar la relación de puestos de trabajo mediante la creación de 11 puestos reservados a personal de la sub-escala administrativa en los términos del (art. 59.1 c) ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias).
A tales puesto de trabajo corresponderá las funciones y tareas de tramitación de procedimientos, con las responsabilidad inherentes a dichas tareas y, atendiendo a los límites que la legislación vigente establece para el incremento de la masa salarial, dichos puestos han de diseñarse de manera homogeniza en cuanto a la carga de responsabilidad, conocimiento y dedicación para que puedan asumir toda la carga de trabajo correspondiente de manera equilibrada.
Una vez creados dichos puestos en la R.P.T. se procederá, de acuerdo con la legislación vigente, a la adscripción provisional, mediante el oportuno concurso, de las Auxiliares Administrativas a los citados puestos, con las consiguientes ventajas contributivas en materia de retribuciones complementarias.”
Tal como se observa, en el Ayuntamiento de Antigua sí ha sido posible acordar el reconocimiento del personal que realiza funciones de superior categoría de forma continuada.
Llevamos años defendiendo, tal como se acredita, a continuación:
- En el año 2015, presentamos propuesta en la Mesa General de Negociación, con registro de entrada núm. 35104, de 01 de octubre de 2015, a la cual, se nos comunicó que no es competencia municipal la reclasificación de todos los puestos de trabajo de auxiliar administrativo a administrativo, de la cual acompañamos copia, insistiendo en los argumentos expuestos, como documento número 02.
- En el año 2016, presentamos propuesta en la Mesa General de Negociación, con registro de entrada núm. 29918, de 09 de septiembre de 2016, de la cual, como se evidencia a día de hoy, no se ha tenido en cuenta, y no nos cansamos de insistir en defenderla en cada Mesa General de Negociación en las que se nos permitió hacerlo, acompañamos copia como documento número 03.
- En el año 2017, presentamos propuesta en la Mesa General de Negociación, con registro de entrada núm. 33578, de 16 de octubre de 2017, de la cual, como se evidencia a día de hoy, no se ha tenido en cuenta, y no nos cansamos de insistir en defenderla en cada Mesa General de Negociación en las que se nos permitió hacerlo, acompañamos copia como documento número 04.
- En este año 2018, presentamos propuesta en la Mesa General de Negociación, con registro de entrada núm. 15824, de 16 de mayo de 2018, de la cual, como se evidencia a día de hoy, no se ha tenido en cuenta, y no nos cansamos de insistir en defenderla en cada Mesa General de Negociación en las que se nos permitió hacerlo, acompañamos copia como documento número 05.
El problema de parte del personal municipal en relación con las funciones que desempeñan de superior categoría no sólo está afectando al personal funcionario sino que ocurren situaciones parecidas e injustas en el personal laboral, sin que se tomen medidas correctoras para subsanar esta situación año tras año.
Nuevamente se ha permitido, un año más, que ocurran estas circunstancias sin buscar soluciones a la injusta situación en la que se encuentra parte del personal municipal, que en algunos casos están sobrecargados de trabajo y, además, soportando la realización de funciones que no se les están remunerando ni reconociendo.
- Por ello, estas Secciones Sindicales proponen NUEVAMENTE a la Mesa General de Negociación lo siguiente:
a.- Que se emita informe por las distintas Jefaturas de Servicio sobre que auxiliares administrativos/as desempeñan funciones de administrativos/as o de técnicos/as de gestión; y que administrativos/as desempeñan funciones de técnicos/as de gestión.
Se creen los puestos de trabajo necesarios, y que de forma TEMPORAL se les adscriba a los mismos, abonándoseles la diferencia salarial correspondiente al personal municipal que realiza funciones de superior categoría, conforme establece el artículo 35 del Acuerdo – Convenio regulador de las Condiciones de trabajo del Personal Funcionario y Laboral, que reiteramos, señala lo siguiente:
“(…), cuando se desempeñen funciones de grupo, categoría o puesto superior, el personal tendrá derecho a percibir la diferencia en cuanto a las retribuciones complementarias (complementos de destino y específico) entre su puesto y la del que efectivamente ocupe.”
b.- Que se emita informe por la Jefatura de Servicio Público, y cualquier otro Servicio que fuera necesario, sobre el personal laboral que realiza funciones de superior categoría, ya que ocurren casos parecidos.
Se creen los puestos de trabajo necesarios, y que de forma TEMPORAL se les adscriba a los mismos, abonándoseles la diferencia salarial correspondiente al personal municipal que realiza funciones de superior categoría, conforme establece el artículo 35 del Acuerdo – Convenio regulador de las Condiciones de trabajo del Personal Funcionario y Laboral.
01 – 170503 – Ayto Antigua – Borrador Acta Pleno
02 – 150928 – COBAS – Propuesta a MGN – 201- Reclasificacion auxiliares y promocion administrativos
03 – 160909 – COBAS – Propuesta a MGN – 2017
04 – 171016 – COBAS – Propuesta a MGN – 2018
05 – 180516 – COBAS – Propuestas a MGN de 170518
06 – 181030 – Solicitud propuestas a la MGN – Negociacion Capitulo I – Superior Categoria
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– SEPCA SANTA LUCÍA –
21 de febrero de 2019.