SEPCA INFORMA
RAZONES OBJETIVAS
SEPCA ha defendido en la MGN la TRANSPARENCIA e IGUALDAD DE OPORTUNIDADES para que el personal municipal pueda realizar servicios extraordinarios de forma voluntaria (horas extras, etc), mediante su propuesta.
La Administración en la MGN NO ACEPTA LA PROPUESTA DE SEPCA argumentado lo siguiente:
“RAZONES OBJETIVAS”
Parece que prefieren continuar con la opacidad en la que “algunos/as” tienen más derechos que el resto de personal, eso sí, mientras la ciudadanía espera meses porque se resuelvan sus expedientes sólo “unos/as pocos/as funcionarios/as” se dedican a realizar horas extraordinarias en Servicios que no corresponden a su puesto de trabajo, en algún caso incluso teniendo retrasos en su propio Servicio.
Esta es la propuesta defendida por SEPCA para eliminar la presunta “dedocracia” en este Ayuntamiento con la intención de que todo el personal tenga el mismo derecho a realizar horas extraordinarias en igualdad de condiciones:
“Considerando que desde esta Sección Sindical de SEPCA se ha detectado que existe personal municipal que ha realizado servicios extraordinarios correspondientes a Servicios distintos a los que están adscritos, incluso que existe una presunta “dedocracia” a la hora de seleccionar al personal que realiza funciones de apoyo de Tribunales de oposiciones.
Resultando que en base a los hechos argumentados resulta que tal como establece el artículo indicado, se llevará a cabo con respeto al Principio de Igualdad de Oportunidades, es por lo que planteamos la siguiente modificación del punto 2 del artículo 61:
“2. Deberá darse publicidad fehaciente entre todo el personal municipal especificando las tareas necesarias a realizar y la definición clara del personal que pueda realizar las mismas, para que los/as trabajadores/as interesados/as puedan solicitar participar en la realización de los servicios extraordinarias, siendo seleccionado el/la candidato/a bajo los Principios de Igualdad, Mérito, Capacidad y Publicidad, generándose una lista de reserva rotativa por cada servicio extraordinario renovada anualmente.”
En todo caso si no hubiera personal voluntario, éste se llevará a cabo atendiendo al criterio de rotatividad, para lo cual se tendrá en cuenta el de menor antigüedad sobre el de mayor antigüedad. No se considerará servicios extraordinarios que sea necesario realizar para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios de fuerza mayor, las fiestas, actos culturales, partidos de fútbol y/o cualquier otro acto que sea repetitivo anualmente o que sea predecible con una antelación de al menos una semana.”
NO por: “RAZONES OBJETIVAS”
Ya avisamos mediante INFORMA anterior:
“SEPCA ha detectado además que, por lo visto, algunos/as compañeros/as han cobrado en sólo un mes hasta más de 1.500 € EN HORAS EXTRAS, ¿te lo puedes creer?, pues sí, mientras tú trabajas alguien utiliza su dedo mágico para elegir quienes son los/as privilegiados/as.
Resulta, además, que seleccionan funcionarios/as para realizar funciones de apoyo a los Tribunales en oposiciones, ¿te han llamado alguna vez?, seguramente que gratis no van.”
Se acompaña:
- SEPCA INFORMA – RAZONES OBJETIVAS: AQUÍ.