CONVOCATORIA LISTAS RESERVA
Listas de reserva limpiador/a y letrado del Ayuntamiento de Mogán
Plazo 20 días hábiles.
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN
Dic 21
ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN
Dic 20
Desde estas Secciones Sindicales DIFUNDIMOS el comunicado que nos ha trasladado, para que lo hagamos público, un compañero aspirante en el Concurso – Oposición para cubrir DOS PLAZAS DE SUBINSPECTOR:
“Oscar Almeida Suárez tiene a bien comunicar lo sucedido en el día de ayer en relación con el concurso-oposición para cubrir DOS PLAZAS DE SUBINSPECTOR en la plantilla de la Policía Local.
La pregunta que este aspirante se hace es la siguiente:
¿SE SIENTA UN PRECEDENTE EN EL AYTO DE SANTA LUCIA AL SER RECUSADOS VARIOS MIEMBROS DE UN TRIBUNAL DE OPOSICIONES POR LO SIGUIENTE:
Teniendo en cuanta que dos aspirantes de los tres que aspiran a ocupar una plaza de Subinspector en el Ayto. de Santa Lucia, han procedido a la recusación de varios miembros del tribunal, por entender estos que el citado tribunal carece de legitimidad, dado que según lo establecido en la legislación, los miembros recusados debían haberse abstenido en el momento de su nombramiento, y no lo han hecho, continuando en el citado tribunal.
La norma general funcionarial es el texto refundido del EBEP, cuyo artículo 53 (Principios éticos) exige en su apartado 5 que se abstengan “en aquellos asuntos en los que tengan un interés personal” que pueda suponer un riesgo de plantear conflictos de intereses con su puesto público.
Que por tal motivo dos de los aspirantes han presentado por el registro de entrada el día 17/12/18 y 18/12/18, las causas de recusación de varios miembros , por los motivos establecidos en el Art 23 de la Ley 40/2015, y en virtud de la condición de interesados en este procedimiento, y haciendo uso del derecho que les asiste en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, han instado la recusación de los citado miembros del tribunal con el objeto de que el procedimiento selectivo goce de todas las garantías legales, en concreto la de imparcialidad y transparencia.
Los motivos de las recusaciones son en por enemistad manifiesta con los aspirantes, también se alega la posible amistad intima de un miembro del Tribunal con el otro aspirante, que no participa de las recusaciones ,falta de acreditación del nivel de estudios de otros miembros para pertenecer al citado tribunal, y otro de los hechos que se destacan en las recusaciones es la pertenencia de varios miembros del tribunal a las misma asociaciones una de jefes y técnicos de la escala técnica de mandos de policías locales de gran canaria, y otros a la asociación de técnicos de personal de la administración local, desconociéndose por los aspirantes los criterios seguidos por el ayto para que coincidan varios miembros de las citadas asociaciones, y no de otras que también existen a día de la fecha
Que el día 19/12/18, se pretendía por el tribunal citado comenzar con las pruebas físicas en las instalaciones municipales de Los Llanos, concretamente la prueba de la piscina, teniendo que solicitarse por parte de los citados aspirantes, la presencia de un NOTARIO, para levantar un ACTA DE PRESENCIA, en la que quedara constancia de la decisión del tribunal de suspender las pruebas teniendo en cuenta las recusaciones presentadas, de lo cual pueden dar constancia también algunos representantes sindicales de esta administración.
Teniendo en cuenta lo citado por parte del Tribunal se da cumplimiento a lo que señala el Art. 24, Ley 40/2015, de 1 de octubre lo que se transcribe a continuación:
Dic 19
Las organizaciones sindicales SEPCA, IC y CSIF, las cuales ostentan una representación mayoritaria absoluta dentro del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Canarias y como fruto de un continuo esfuerzo por consensuar un marco común en aquellas materias que afectan de manera general al personal de las Administraciones Públicas Canarias, hemos llegado al acuerdo de elevar al Parlamento de Canarias una propuesta de enmienda al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019.
Basándonos en la legitimidad otorgada a las distintas administraciones públicas para promover y regular los procesos de estabilización y consolidación del empleo público temporal, hemos incluido en esta propuesta de enmienda que estos procesos, en el ámbito de las Administraciones Públicas Canarias, se desarrollen por el proceso electivo de concurso de méritos.
Se ha tenido muy en cuenta la posibilidad establecida por el Estatuto Básico del Empleado Público en relación con el sistema de acceso del personal funcionario, que permite el sistema de concurso consistente únicamente en la valoración de méritos, aunque condicionada a que se aplique este sistema, de manera excepcional, en virtud de una Ley. Por ello solicitamos también incorporar una disposición a la Ley de la Función Pública Canaria que se haga eco de esta excepcionalidad y ampare todos estos procesos de consolidación y estabilización de empleo de todo el personal no fijo.
Esperamos que esta propuesta sea discutida en el debate parlamentario previsto para este próximo miércoles 19 de diciembre y sea apoyada por los distintos grupos, haciendo gala del interés que se les presupone hacia el personal que viene prestando sus servicios en todas las administraciones públicas de la Comunidad.
Puedes leer el texto completo del acuerdo de propuesta a través del siguiente enlace: AQUÍ.
– SEPCA SANTA LUCÍA –
19 de diciembre de 2018.
Dic 18