SEPCA Y CO.BAS INFORMAN – Alegaciones al borrador de las Bases del Concurso de Traslado de Administrativos

SEPCA INFORMA CO.BAS

 


ALEGACIONES AL BORRADOR DE LAS BASES DEL

CONCURSO DE TRASLADO DE ADMINISTRATIVOS

 

  • Hemos solicitado se nos entregue el Anexo I del borrador de las Bases del Concurso de Traslado de puestos de Administrativos, sin recibir el documento a día de hoy.

 

  • Hemos solicitado el Decreto de la Alcaldía – Presidencia de fecha 30 de abril de 2010 por el que se resolvió anular y dejar sin efecto el Concurso de Provisión de Puestos (Movilidad Voluntaria) de Auxiliares Administrativos, sin recibir el documento a día de hoy.

Alegaciones que hemos presentado al Concurso de Traslado el día 13 de enero de 2019:

 

PRIMERO.- Que el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, establece lo siguiente:

 Artículo 169.

  1. Corresponde a los funcionarios de la Escala de Administración General el desempeño de funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa. En consecuencia, los puestos de trabajo predominantemente burocráticos habrán de ser desempeñados por funcionarios técnicos, de gestión, administrativos o auxiliares de Administración General.

(…)

c) Pertenecerán a la Subescala Administrativa de Administración General, los funcionarios que realicen tareas administrativas, normalmente de trámite y colaboración.

(…)”

En base a este artículo las funciones son comunes a ejercicio de la actividad administrativa, y en consecuencia, los puestos de trabajo deben ser predominantemente burocráticos, y realizarán tareas administrativas, normalmente de trámite y colaboración.

 SEGUNDO.-Que se realizó por este Ayuntamiento la publicación de la Convocatoria y Bases para el proceso de selección para cubrir por Concurso de Provisión de Puestos (Movilidad Voluntaria), los puestos vacantes de Auxiliares Administrativos, correlativos a plazas de adscripción determinada no cubiertas ni interinamente ni en propiedad, siendo rectificado error material publicándose en el BOP Las Palmas núm. 49, de 16 de abril de 2010.

 Anulada y dejando sin efecto las mismas tal como consta en el BOP Las Palmas núm. 59, de 07 de mayo de 2010, mediante Decreto de la Alcaldía – Presidencia de fecha 30 de abril de 2010, acompañamos a este correo las publicaciones en el BOP Las Palmas mencionadas.

 Solicitamos mediante este correo se nos entregue copia del Decreto de la Alcaldía – Presidencia de fecha 30 de abril de 2010, a los efectos de tener conocimiento completo de los motivos expresados en los antecedentes expositivos del mismo.

 Aportamos estas Bases alegadas como propuesta para su adaptación al Concurso de Provisión de Puestos (Movilidad Voluntaria) para cubrir los puestos vacantes de Administrativos/as.

  TERCERO.- En relación a las Bases Específicas para el Concurso de Traslado para cubrir los puestos vacantes de Administrativo:

1.- En relación con la denominación del título en relación con “(…) procedimiento de concurso general vinculados a las plazas de administrativo(…)”, nos remitimos a las bases indicadas en el expositivo segundo, es decir, “Bases para la provisión, por concurso interno de los puestos de administrativos del Ilustre Ayuntamiento de Santa Lucía”.

2.- En relación con la base primera, párrafo segundo,

“(…) se realizará por el sistema de concurso de méritos general con las valoraciones y puntuaciones (…)

Reiteramos en no entender a qué se refiere “general”; y en cuanto a las valoraciones, teniendo en cuenta lo manifestado en el expositivo primero, deben ser objetivas y concretas, puesto que son funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa, y en consecuencia:

a) En relación con el punto 4.4, no estamos de acuerdo conla aportación de currículum vitae y documentos alegados por éste”.

b) En relación con el punto 4.4, “Solicitud de los puestos, por orden de preferencia”, solicitamos que se añada “pudiendo concursar sólo a los puestos que se indiquen”.

 c) En relación con el punto 4.6, “En caso de que no se reúnan los requisitos para el desempeño de alguno de los puestos solicitados, quedarán excluidos respecto de los mismos”, no estamos de acuerdo con este punto en base a lo expuesto.

3.- En relación con el punto 4.7, “Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes de participación, éstas serán vinculantes para los participantes, sin que puedan ser objeto de modificación.”, no estamos de acuerdo.

 Entendemos, y así consta en la séptima de las bases argumentadas en el expositivo segundo que los candidatos propuestos para las respectivas plazas podrán renunciar a su nombramiento y toma de posesión en las mismas, en el plazo máximo de CINCO DÍAS.

 4.- Sobre la fase de Méritos, nos remitimos a la puntuación establecida en las bases indicadas del expositivo segundo en todo aquello que no sea exclusivo a los puestos de auxiliares administrativos, exceptuando la valoración de idiomas, pues en esta valoración se tendría que establecer qué nivel es el indicado como “alto”. En el marco europeo de referencia hay seis niveles que son: A1, A2, B1, B2, C1 y C2.

 5.- En relación con la base octava, fase I: méritos, punto c, no estamos de acuerdo con la valoración de la experiencia profesional en relación con el párrafo primero y último, tal como hemos argumentado, son funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa.

 6.- En relación con la base octava, fase II: entrevista curricular, entendiendo que es un concurso de traslado y siendo funciones comunes al ejercicio de la actividad administrativa cada uno de los puestos que se convoquen, no estamos de acuerdo.

 CUARTO.- Que habiendo solicitado el Anexo II a las presentes Bases, por no haber sido aportado por la Administración, y no habiendo sido remitidas a día de hoy, no podemos estudiarlas por desconocer el contenido de las mismas.

 Solicitamos mediante este correo se nos remitan para su estudio.


TRANSPARENCIA

 

 


ENLACE A Escrito presentado: AQUÍ

ENLACE A  INFORMA: AQUÍ

ENLACE A Borrador: AQUÍ

– SEPCA SANTA LUCÍA –

06 de febrero de 2019.

 

SEPCA y COBAS INFORMAN – Sobre MGN 19/12/18 y Convocatoria MGN 01/02/2019 (Suspendida y trasladada al 08/02/2019)

SEPCA INFORMA CO.BAS

 


MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN: 19/12/2018

 

  • Solicitamos que se cumpliera con el Acuerdo de la MGN de 20 de mayo de 2018, que se hicieran públicas todas las actas de 2018 primero y en el PORTAL DEL EMPLEADO, no sólo en la Intranet Municipal, aún sin publicar muchas Actas.
  • Solicitamos copia de la Sentencia que anuló el nombramiento de funcionarios/as de carrera como Jefes/as de Servicio o Jefes/as de Sección en este Ayuntamiento, y que según Decreto de Alcaldía, de 23 de mayo de 2018, consta (…) sin que dicha nulidad conlleve la devolución de los ingresos percibidos por los empleados designados (…), por si pudiera existir una situación de AGRAVIO COMPARATIVO entre el personal de este Ayuntamiento.
  • Se debatió sobre los criterios generales de las Ofertas Públicas de Empleo, acudiendo como Asesor de SEPCA su Secretario General, Manuel González.
  • Sorprendentemente la Administración retiró el punto “Acuerdo que proceda sobre la Modificación de la Oferta Pública de Empleo de 2018”, sin tener nosotros conocimiento del contenido de este punto en ningún momento.
  • Se acordó aprobar la Oferta Pública de Empleo extraordinaria respecto a la tasa de reposición adicional de policías locales (jubilación de policías). Disposición adicional centésima sexagésima quinta LGPE 2018, en relación con dos plazas de Policía Local y una plaza de Oficial.

CONVOCATORIA

EXTRAORDINARIA

 MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN 01/02/2018

(Suspendida HOY y trasladada al 08/02/2019)

Continuación de la negociación y acuerdos que procedan sobre la aprobación de los criterios generales de las Ofertas Públicas de Empleo.

 

 


ENLACE A CONVOCATORIA (Trasladada al día 08/02/19): AQUÍ

ENLACE A  INFORMA: AQUÍ

– SEPCA SANTA LUCÍA –

01 de febrero de 2019.

 

CSIF, SEPCA y CO.BAS INFORMAN – ¿Sesiones Ordinarias de la MGN? ¡¡¡Reclasificación de los GRUPOS B!!! ¡¡¡Conciliación FAMILIAR y PLAN DE TRANSPARENCIA en la POLICÍA LOCAL !!!

INFORMAN


¿ Sesiones Ordinarias de la MGN ?


¡¡¡ Reclasificación de los GRUPOS B !!!


 ¡¡¡ Conciliación FAMILIAR y PLAN DE TRANSPARENCIA en la POLICÍA LOCAL !!!


El artículo 10.3 del Acuerdo / Convenio en vigor establece lo siguiente:

La MGN se reunirá el primer jueves o siguiente laboral de cada mes, salvo si por parte de la Corporación o los Sindicatos no se ha aportado ningún tema para el orden del día. (…)


Desde las elecciones del personal funcionario en el año 2015 hasta el día de hoy NUNCA se ha celebrado ninguna SESIÓN ORDINARIA de la Mesa General de Negociación.

Las Sesiones Ordinarias de las MGNs permiten SIEMPRE el “ruegos y preguntas” sin necesidad de que la mayoría de los miembros de la misma tengan que permitirlo.


CSIF, SEPCA y COBAS hemos solicitado lo siguiente:


I

Que se convoque Sesión Ordinaria de la MGN para el próximo primer jueves del mes de febrero de 2019 con el siguiente Orden del Día:

1.- Ratificación de Actas anteriores.

2.- Reclasificación GRUPOS B y EQUIPARACIÓN SALARIAL.

3.- CONCILIACIÓN de la vida personal, laboral y familiar de la POLICÍA LOCAL.

4.- PLAN DE TRANSPARENCIA en la POLICÍA LOCAL.


II

Certificación por el Secretario de la MGN en relación a cuando fue la última vez que se realizó en este Ayuntamiento una Sesión Ordinaria de la MGN



III

Teniendo en cuenta que estos años, se acumulan Actas de la MGN durante meses, y el Secretario de la MGN, disponiendo de esos meses para elaborar los borradores de las mismas, las ha remitido a estas Secciones Sindicales, hasta 5 borradores de Actas ¡¡¡UN VIERNES POR LA TARDE!!! para que sean revisados para ¡¡¡EL SIGUIENTE LUNES!!!, es decir, para revisarlas ¡¡¡UN FIN DE SEMANA!!!, hemos solicitado:

Que el primer punto del Orden del Día en cada sesión de la MGN sea:

RATIFICACIÓN DEL ACTA ANTERIOR

 


TRANSPARENCIA:

Documentación en santalucia.sepca.es e Intranet Municipal

190130 – CSIF, SEPCA Y COBAS – Solicitud sesion ordinaria MGN, reclasificacion grupos B y conciliacion Policia Local

190131 – CSIF – COBAS – SEPCA – INFORMAN – Sesion ordinaria MGN, reclasificacion grupos B y conciliacion Policia Local

 

 

 

OFERTA BARCELÓ HOTEL GROUP

– SEPCA SANTALUCIA –


18 06 2018 logo barceló.5SEPCA ha renovado con Barceló Hotel Group para el año 2019, la oferta a los afiliados al Sindicato de Empleados Públicos de Canarias:

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2. El hotel se reservará el derecho a solicitar credenciales, tal como tarjeta de presentación, carnet de empresa, siempre adjunto a su DNI.


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– SEPCA SANTA LUCÍA –

29 de enero de 2019.

 

SEPCA INFORMA – NUEVO ESCRITO DE ALEGACIONES al Expediente de Responsabilidad Patrimonial

 

– SEPCA SANTALUCIA –


 

NUEVO ESCRITO DE ALEGACIONES

al Expediente de Responsabilidad Patrimonial

 


SEPCA continúa trabajando para intentar que los/as compañeros/as, a los que se les está tramitando un expediente de reintegro, no tengan que devolver nada.

SEPCA pone a disposición un ESCRITO DE ALEGACIONES al Expediente de Responsabilidad Patrimonial para los/as compañeros/as que hayan presentado una Reclamación de Responsabilidad Patrimonial distinta al modelo difundido por esta Sección Sindical, Y QUIERAN MEJORARLA ante la posibilidad de interponer Recurso Contencioso Administrativo, en el caso de que fuera desestimada.

SEPCA convocó una Reunión Informativa el pasado día 14 de noviembre de 2018, y en la misma, se comprometió a realizar este Modelo de Escrito de Alegaciones, el cual hoy difundimos tal como acordamos en la misma.


Escrito disponible en: intranet municipal santalucia.sepca.es

 

 TRABAJANDO PARA TI

 


ENLACE A INFORMA: AQUÍ

ENLACE A  ESCRITO ALEGACIONES EN RECLAMACIÓN PATRIMONIAL: AQUÍ

 

– SEPCA SANTA LUCÍA –

28 de enero de 2019.