SEPCA INFORMA – RAZONES OBJETIVAS.

SEPCA INFORMA


RAZONES OBJETIVAS


SEPCA ha defendido en la MGN la TRANSPARENCIA e IGUALDAD DE OPORTUNIDADES para que el personal municipal pueda realizar servicios extraordinarios de forma voluntaria (horas extras, etc), mediante su propuesta.

La Administración en la MGN NO ACEPTA LA PROPUESTA DE SEPCA argumentado lo siguiente:

“RAZONES OBJETIVAS”

Parece que prefieren continuar con la opacidad en la que “algunos/as” tienen más derechos que el resto de personal, eso sí, mientras la ciudadanía espera meses porque se resuelvan sus expedientes sólo “unos/as pocos/as funcionarios/as” se dedican a realizar horas extraordinarias en Servicios que no corresponden a su puesto de trabajo, en algún caso incluso teniendo retrasos en su propio Servicio.

Esta es la propuesta defendida por SEPCA para eliminar la presunta “dedocracia” en este Ayuntamiento con la intención de que todo el personal tenga el mismo derecho a realizar horas extraordinarias en igualdad de condiciones:

“Considerando que desde esta Sección Sindical de SEPCA se ha detectado que existe personal municipal que ha realizado servicios extraordinarios correspondientes a Servicios distintos a los que están adscritos, incluso que existe una presunta “dedocracia” a la hora de seleccionar al personal que realiza funciones de apoyo de Tribunales de oposiciones.

 Resultando que en base a los hechos argumentados resulta que tal como establece el artículo indicado, se llevará a cabo con respeto al Principio de Igualdad de Oportunidades, es por lo que planteamos la siguiente modificación del punto 2 del artículo 61:

“2. Deberá darse publicidad fehaciente entre todo el personal municipal especificando las tareas necesarias a realizar y la definición clara del personal que pueda realizar las mismas, para que los/as trabajadores/as interesados/as puedan solicitar participar en la realización de los servicios extraordinarias, siendo seleccionado el/la candidato/a bajo los Principios de Igualdad, Mérito, Capacidad y Publicidad, generándose una lista de reserva rotativa por cada servicio extraordinario renovada anualmente.”

 En todo caso si no hubiera personal voluntario, éste se llevará a cabo atendiendo al criterio de rotatividad, para lo cual se tendrá en cuenta el de menor antigüedad sobre el de mayor antigüedad. No se considerará servicios extraordinarios que sea necesario realizar para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios de fuerza mayor, las fiestas, actos culturales, partidos de fútbol y/o cualquier otro acto que sea repetitivo anualmente o que sea predecible con una antelación de al menos una semana.”

 NO por: “RAZONES OBJETIVAS”

Ya avisamos mediante INFORMA anterior:

SEPCA ha detectado además que, por lo visto, algunos/as compañeros/as han cobrado en sólo un mes hasta más de 1.500 € EN HORAS EXTRAS, ¿te lo puedes creer?, pues sí, mientras tú trabajas alguien utiliza su dedo mágico para elegir quienes son los/as privilegiados/as.

 Resulta, además, que seleccionan funcionarios/as para realizar funciones de apoyo a los Tribunales en oposiciones, ¿te han llamado alguna vez?, seguramente que gratis no van.”


Se acompaña:

  • SEPCA INFORMA – RAZONES OBJETIVAS: AQUÍ.

SEPCA INFORMA – ICAP.- Plan de Formación 2021 entidades locales de Canarias

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En el Boletín Oficial de Canarias, del 22 de julio de 2021, se publica Resolución por la que se convocan actividades formativas incluidas en el Plan de Formación de 2021 para las entidades locales de Canarias.

Quienes deseen participar en las actividades programadas, deberán solicitarlo a través de la Secretaría Virtual sita en el portal web del ICAP.

El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, hasta el día 13 de agosto de 2021 inclusive.

Puedes acceder a la publicación desde el siguiente enlace: AQUÍ.

SEPCA INFORMA – Sobre el Decreto-Ley de reducción de la temporalidad.

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En el Boletín Oficial del Estado del miércoles, 7 de julio de 2021, se publica el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Ante la inquietud que ha causado desde su anuncio entre el colectivo de personal no fijo, desde SEPCA queremos expresar nuestro más absoluto rechazo al mismo y poner claros algunos aspectos.

Para SEPCA, este Decreto-Ley publicado supone una especie de tomadura de pelo del Ministerio de Política Territorial y Función Pública al propio Gobierno de España, a las Comunidades Autónomas, a los Tribunales de Justicia de la Unión Europea y a todo el colectivo de personal no fijo de todas las Administraciones Públicas de España. Al mismo tiempo, significa un nuevo episodio de traición y deslealtad de los sindicatos CCOO, CSIF y UGT, con el personal público al que dicen representar.

Para empezar, lo que llevan meses anunciando desde el Ministerio que se trabajaba como algo novedoso, no deja de ser una burda versión del anterior acuerdo alcanzado entre el gobierno anterior -del Partido Popular- y estos mismos sindicatos -que reinciden-. Se centra únicamente en hacer creer, que se hace algo para rebajar el porcentaje de temporalidad presente en las Administraciones Públicas, pero a efectos estadísticos, de puro número; sin importarles en absoluto que las personas que ahora ocupan los puestos de trabajo de manera no fija consigan esa fijeza.

Se sigue sin acatar el pronunciamiento de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que obliga al Estado a asumir una sanción por el abuso de temporalidad, sin que se considere válida como sanción, la simple convocatoria ahora de procesos selectivos que debieron ser convocados hace muchísimos años.

Del Gobierno podría esperarse sin que resulte nada original, que lleve a cabo actuaciones que demuestren que no le importan las personas que mantienen con demostrada eficacia los servicios públicos, de los que por otro lado presume como si esto fuera gracias a la gestión política.

Lo que nadie puede explicarse es que tras firmar un acuerdo con el Gobierno de Partido Popular, que amenazaba con poner en la calle a cientos de miles de personas, que prestan servicios de manera no fija en todos los sectores de la Administración Pública y después de que estas personas lleven años pidiendo a gritos que no les aboquen a dejarles de manera injusta sin empleo, con el consiguiente caos económico familiar; los sindicatos CCOO, CSIF y UGT, vuelvan otra vez a ponerse del lado del Gobierno para amenazar con el desempleo a todas estas personas.

Pero es que rozando la chanza, alguno de ellos hasta escribe explicando algo así como que bueno, que hay consuelo, pues «si lamentablemente no supera el proceso, recibirá una justa indemnización y se incorporará a bolsas de trabajo.»

A las Comunidades Autónomas se las deja con el pastelito de promover ellas lo que haga falta para cumplir con lo establecido y cómo no, con el pago de las indemnizaciones a que hubiera lugar.

Desde SEPCA ponemos de manifiesto que nuestros servicios jurídicos analizarán al detalle este Decreto-Ley publicado, por si puede ser susceptible de cualquier acción jurídica en su contra y por la defensa de los intereses del personal afectado.

En nuestra Comunidad Autónoma los sindicatos CCOO, CSIF y UGT, aún con la suma de los tres juntos, no alcanzan la mayoría de representatividad laboral (hoy por hoy, porque  ¡ojo!,  siguen concurriendo a las elecciones «para representantes del personal»), por lo que SEPCA y estamos seguros que el resto de organizaciones sindicales con representación, seguiremos luchando como hasta ahora por encontrar una fórmula jurídicamente válida, que permita el mantenimiento en sus puestos de trabajo del personal de cualquier sector de las Administraciones Públicas Canarias, que se encuentre en situación de abuso de temporalidad; sea de la manera que sea.

Informaremos puntualmente del devenir de todas las actuaciones, contactos y decisiones que se vayan tomando con respecto a este asunto; e insistimos en hacer saber que el personal no fijo de las Administraciones Públicas Canarias no está solo en esto, ni muchísimo menos.

Si quieres consultar el Decreto-Ley publicado, puedes hacerlo desde el siguiente enlace: https://bit.ly/3dSNrU5

SEPCA INFORMA – OBJETIVO CONSEGUIDO… RETRATADOS!!!!

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OBJETIVO CONSEGUIDO

RETRATADOS


23/05/2019. SEPCA presentó escrito demostrando con argumentos y pruebas documentadas que se está utilizando a todo el personal auxiliar administrativo en este Ayuntamiento para REALIZAR FUNCIONES DE SUPERIOR CATEGORÍA.

25/05/2020. PLENO celebrado en sesión ordinaria SE RECONOCE PÚBLICAMENTE:

En breve, INFORMAREMOS sobre las improvisaciones y ocurrencias sobre este asunto por quienes se suponen tienen que ser participes de una solución real.


Se acompaña:

  • SEPCA INFORMA – OBJETIVO CONSEGUIDO…RETRATADOS!!!: AQUÍ.
  • SEPCA – Solicitud Hechos Superior Categoría: AQUÍ.
  • Certificación modificación RPT: AQUÍ.

SEPCA INFORMA – Mesa General de Negociación: 01/07/2021, ¡POR FIN!

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MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN 01/07/2021

¡POR FIN!


Después de 2 solicitudes y mucho insistir desde SEPCA para la convocatoria de una MGN Ordinaria, la administración nos convoca con el siguiente orden del día.

  1. Aprobar si procede las actas de la MGN de fechas 26 de febrero, 4 y 18 de marzo de 2021.
  2. Propuesta de constitución de la Comisión Negociadora para la elaboración del Plan de Igualdad.
  3. Aprobar si procede, el borrador del Reglamento de Teletrabajo, elaborado por la Mesa Técnica de Teletrabajo.
  4. Dar cuenta del contrato menor suscrito con la Empresa Savia para la gestión de la Plataforma Convoca, e inicio del trámite administrativo para la contratación de un software de gestión de los recursos humanos, nominas, portal encargado de la publicación y gestión de las convocatorias.
  5. Dar cuenta de las Bases para la provisión de puestos de trabajo de carácter temporal y urgente mediante comisiones de servicio.
  6. Dar cuenta de las Bases de Subcomisario.
  7. Dar cuenta del informe-propuesta de Convenio de colaboración y cooperación para la atención de necesidades puntuales en materia de Policía Local con diversos Ayuntamientos de Gran Canaria. Aportaciones de los miembros de la mesa general de negociación para su valoración por el servicio de RRHH antes de la emisión de su informe técnico.
  8. Continuar con la negociación relativa a la modificación puntual de la RPT y del Convenio/Acuerdo. Propuestas Administración Modificación RPT y Plantilla.
  9. Propuesta presentada por la Sección Sindical SEPCA, con fecha 30 de marzo 2021, reiterada en fecha 29 de abril de 2021.
  10. Relación de documentación que se adjunta para su estudio:
  • Providencia del concejal delegado de seguridad, e informe propuesta del Comisario Jefe de la Policía Local sobre el Convenio de colaboración y cooperación para la atención de necesidades puntuales en materia de Policía Local con diversos ayuntamientos de Gran Canaria.
  • Informe emitido por la Adjunta Jefa de Servicio de RRHH relativo a las propuestas de modificación de RPT.
  • Propuesta bases de comisión de servicios.
  • Propuesta bases de Subcomisaria de la Policía Local.
  • Dossier Convoca.
  • Informe reclasificación grupos B, emitido por la Adjunta Jefa de Servicio de RRHH a solicitud de la Sección Sindical Sepca.
  • Fichas descriptivas de todos los puestos de trabajo existentes en la RPT.

Pendiente de enviar:

  • Propuestas Administración Modificación Acuerdo-Convenio.

Se acompaña:

  • Solicitud de SEPCA para convocatoria de MGN: AQUÍ.
  • Reiteración de Solicitud de SEPCA para convocatoria de MGN: AQUÍ.
  • Convocatoria de MGN: AQUÍ.